Washington, DC , 6 de mayo 2024– La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) saluda el fallo emitido por el Tribunal Superior de Dominica, que declaró inconstitucional, nulo y sin valor el artículo 14 de la Ley de Delitos Sexuales que prohíbe la «indecencia grave» punible con 12 años lode prisión y el artículo 16 prohíbe la «sodomía» y se castiga con 10 años de prisión y/o internamiento en un hospital psiquiátrico para recibir tratamiento.
Las disposiciones legislativas que penalizan las relaciones privadas consensuales entre personas del mismo sexo van en contra de los estándares internacionales de derechos humanos, ya que violan la dignidad humana, la privacidad y la libertad de expresión. También vale la pena señalar que el Tribunal Superior de Dominica en su decisión destaca los estándares internacionales e interamericanos que estipulan que las leyes que penalizan las relaciones íntimas consensuales entre personas del mismo sexo van en contra de los principios de igualdad y no discriminación de la Convención Americana.
Con esta decisión histórica, Dominica se ha alineado con otras naciones cuyos tribunales han anulado disposiciones de penalización como violaciones de derechos humanos. La mayoría de los países de la Comunidad del Caribe (CARICOM) cumplen ahora con las normas interamericanas sobre despenalización.
La CIDH ha observado que incluso cuando estas leyes no se aplican, tienen un impacto negativo en la sociedad, ya que fomentan prejuicios, alientan actos de violencia y permiten una cultura de impunidad. En 2020 , la CIDH enfatizó que tales prohibiciones penales interfieren en aspectos relacionados con la vida privada de las personas sobre la base de una categoría protegida de la Convención Americana sin justificación razonable, en violación de estándares de derechos humanos. Además, constituyen barreras para que personas con orientaciones sexuales e identidades de género no normativas accedan a otros derechos, como la libertad de asociación, la libertad de expresión, la salud, el empleo, el acceso a la justicia, entre otros.
Todos los Estados de la región que aún mantienen estas formas de criminalización están llamados a derogar leyes que faciliten la persecución de personas LGBTI en cualquier forma y que fomenten actos de violencia por prejuicios y discriminación. Además, se insta a los Estados de la región a continuar avanzando en la inclusión social y la igualdad real de las personas LGBTI. La CIDH reafirma su compromiso con los Estados y las Organizaciones de la Sociedad Civil de coadyuvar en los procesos para crear un marco jurídico que proteja a las personas LGBTI de toda forma de violencia y discriminación.
Como organismo principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), la CIDH deriva su mandato de la Carta de la OEA y la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover el respeto y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en esta área. La Comisión está compuesta por siete miembros independientes que son elegidos a título individual por la Asamblea General de la OEA y que no representan a sus países de origen o residencia.