• 11 de agosto de 2026 4:16 pm
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Entra en vigor nueva NOM para productos de acero; ¿qué cambiará para la construcción en México?

PorREALIDADESMX

Ago 11, 2026

La primera etapa de la NOM-251-SE-2025 comienza este 12 de agosto y obliga a acreditar el cumplimiento de especificaciones para seis productos de acero utilizados en obras y edificaciones.

Ciudad de México, 11 de agosto de 2026.— A partir de este miércoles 12 de agosto comenzará una nueva etapa de regulación para determinados productos de acero utilizados en la construcción en México.

La NOM-251-SE-2025, Industria de la construcción-Productos de acero-Especificaciones, métodos de prueba e información comercial, establece requisitos técnicos, procedimientos de evaluación de la conformidad y obligaciones de información comercial para los productos de acero contemplados en la regulación.

La norma fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de febrero de 2026 y su entrada en vigor está programada para el 12 de agosto de este año.

Seis productos entran primero

La primera etapa no abarca todos los productos de acero utilizados en la construcción. El régimen comienza con seis categorías:

  • Varilla corrugada de acero, grado 60, laminada en frío para refuerzo de concreto.
  • Malla electrosoldada de acero liso o corrugado para refuerzo de concreto.
  • Armaduras electrosoldadas de sección triangular para elementos estructurales de concreto.
  • Armaduras electrosoldadas de alambre de acero para castillos y dalas.
  • Varilla corrugada de acero de baja aleación para refuerzo de concreto.
  • Varilla corrugada de acero para refuerzo de concreto.

La propia NOM establece que el resto de los productos incluidos en su Tabla 1 quedará sujeto a la regulación a partir del 13 de agosto de 2027.

¿Qué cambia en la práctica?

Uno de los principales cambios está en que los productos sujetos a la norma deben pasar por un Procedimiento de Evaluación de la Conformidad, que comprende mecanismos de muestreo, pruebas, inspección, evaluación y certificación.

La regulación contempla la participación de organismos de evaluación de la conformidad acreditados y aprobados por la autoridad competente. También establece la emisión de un Certificado de Conformidad de Producto, cuya vigencia queda vinculada a visitas de seguimiento y a los actos de verificación y vigilancia previstos en la legislación aplicable.

Esto coloca nuevas responsabilidades en la cadena de suministro. Fabricantes, importadores y comercializadores de los productos sujetos a la NOM deberán considerar los procedimientos establecidos para demostrar el cumplimiento de las especificaciones correspondientes.

La norma también establece requisitos de información comercial. Los productos deben contar con información legible en español y, entre otros datos, identificar el producto y al productor o importador. Cuando se haya cumplido con la evaluación de la conformidad, deberá incorporarse la contraseña oficial correspondiente.

El impacto llega al consumidor

Aunque buena parte de las obligaciones recaerá directamente en fabricantes, importadores y comercializadores, el cambio también tiene una dimensión para quienes compran materiales para construir, ampliar o reparar una vivienda.

La razón es sencilla: el acero utilizado para reforzar concreto forma parte de elementos cuya resistencia y desempeño son relevantes para la seguridad de una construcción.

La NOM señala expresamente como objetivo legítimo de interés público asegurar la calidad de los productos de acero, así como su seguridad, desempeño y confiabilidad.

Pero la nueva regulación no debe interpretarse como una garantía integral de seguridad de cualquier construcción. La calidad del material es sólo uno de los componentes de una obra segura: también intervienen el diseño estructural, las especificaciones del proyecto, la ejecución, la supervisión y el cumplimiento de los reglamentos de construcción correspondientes.

También habrá vigilancia del mercado

La NOM no se limita a establecer requisitos para obtener una certificación inicial. El esquema contempla muestreos, pruebas de seguimiento y mecanismos de vigilancia.

En determinados casos, las muestras pueden obtenerse directamente en almacenes, puertos de entrada, sitios de fabricación, puntos de venta o establecimientos donde se comercialicen los productos. Si una primera muestra no cumple las especificaciones, la regulación contempla una segunda muestra testigo bajo las condiciones establecidas en la propia norma.

Esto abre un punto relevante para la competencia: la nueva regulación pretende que los productos nacionales e importados sujetos a ella sean evaluados bajo un mismo marco de especificaciones y procedimientos.

La Secretaría de Economía ha señalado que la NOM busca fortalecer la seguridad y calidad de los productos de acero, generar condiciones de competencia equitativa, proteger a las personas consumidoras y aumentar la confianza en el sector productivo.

Una regulación que deberá medirse por su aplicación

El verdadero desafío comenzará con la entrada en vigor.

La existencia de una norma no garantiza por sí misma que desaparezcan los productos que incumplen las especificaciones. La eficacia dependerá de la capacidad de certificación, de los laboratorios y organismos acreditados, de los mecanismos de vigilancia y, especialmente, de que las autoridades actúen frente a los productos que no cumplan.

Para el consumidor, el mensaje también es concreto: comprar acero para una obra ya no debería reducirse únicamente a comparar precio, marca o disponibilidad. Tratándose de productos sujetos a la primera etapa de la NOM-251-SE-2025, será cada vez más importante conocer su procedencia, información comercial y documentación de cumplimiento.

La norma, en ese sentido, introduce una nueva regla en la cadena de construcción: la calidad del acero deberá poder demostrarse, no solamente declararse.

Y en un país donde millones de familias destinan una parte importante de su patrimonio a construir o ampliar una vivienda, la discusión sobre la calidad de los materiales deja de ser exclusivamente técnica. Se convierte también en un asunto de seguridad, protección al consumidor y confianza pública.

Fuente: NOM-251-SE-2025, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de febrero de 2026; Secretaría de Economía.