• 19 de septiembre de 2024 7:27 pm
  • Autoridades estatales y federales deben cumplir con el Plan de Protección, para
    garantizar asistencia humanitaria y detener el desplazamiento

Ciudad de México, a 30 de abril de 2024.- Defensoras ambientales y territoriales de la comunidad Coloradas de la Virgen del municipio de Guadalupe y Calvo que se encuentran en situación de desplazamiento forzado desde 2018, presentaron un Amparo Indirecto para que el Mecanismo de Protección cumpla con el plan de protección aprobado por su Junta de Gobierno.

Las personas defensoras son indígenas rarámuri, beneficiarias del Mecanismo de Protección
para Personas Defensoras de Derechos Humanos que desde el 2018 y 2022 momento de los
eventos de desplazamiento forzado.

Ayer, 29 de abril 2024, en las Ciudad de México, los abogados y la representante de la
comunidad se reunieron con Tobyanne Ledesma y otros funcionarios del Mecanismo de
Protección quienes se comprometieron a revisar el Plan de Protección, realizar una visita
técnica a la comunidad, coordinar una mesa de trabajo para reunirse con autoridades estatales
y mantener la comunicación para el seguimiento y cumplimiento del amparo colectivo.

Con motivo de la tala Ilegal y la violencia sobre la comunidad rarámuri de Coloradas de la Virgen
situada en la Sierra Tarahumara en el estado de Chihuahua, personas defensoras de derechos
humanos y sus familias se vieron forzados a desplazarse, ingresando a principios de 2014 al
Mecanismo de Protección para Defensoras de Derechos Humanos para proteger su vida e
integridad. Ante la omisión de las autoridades en cumplir con el Plan de Protección aprobado
Junta de Gobierno del Mecanismo en noviembre de 2022, es que se vieron en la necesidad de
promover un amparo indirecto en materia de protección.

A pesar de que la Jueza del Décimo Distrito en el estado de Chihuahua les otorgó el amparo,
autoridades del gobierno del estado, de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
(SEMARNAT) y de la Procuraduría de Protección al Ambiente (PROFEPA) recurrieron la
resolución. Aun cuando las causas del desplazamiento fueron la tala ilegal, la inseguridad, las
amenazas y la violencia que persiste en la comunidad.

El plan de protección aprobado consiste en la implementación de medidas políticas que
atiendan las causas estructurales que originaron el riesgo, medidas de asistencia humanitaria
(alimentación y vivienda digna), así como el cumplimiento de derechos sociales, principalmente
salud y educación. Al atender cuestiones de carácter estructural el plan de protección obliga a
diversas autoridades desde los diferentes ámbitos de sus competencias.

La respuesta del Estado desde un inicio ha resultado ineficaz para la protección de las y los
integrantes de la comunidad de Coloradas de la Virgen desplazadas, pues en el día 24 de octubre de 2018 fue asesinado Julián Carrillo Martínez, cuando ya formaba parte del Mecanismo Federal
de Protección.

En julio de 2022 ante la total omisión de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
(SEMARNAT) y la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) en el aumento de
la tala ilegal en la comunidad no solo fue desplazado el gobernador tradicional, sino que
también se incrementó el hostigamiento contra integrantes de la comunidad Coloradas de la
virgen sufriendo así la imposición de autoridades no reconocidos por la comunidad lo que
resulta una flagrante violación de sus derechos culturales.

Actualmente quienes viven en calidad de desplazamiento interno, lo hacen en condiciones
indignas, viven hacinados en refugios que no cumplen con los estándares mínimos para ser
considerados viviendas dignas y seguras.

Es imperante que se atiendan las causas estructurales del riesgo, pues así lo determina la jueza
de Distrito en el estado de Chihuahua en su resolución, que reconoce la inacción del Estado y
falta de coordinación entre las autoridades municipales, estatales y federales para cumplir las
medidas de protección a favor de las familias en situación de desplazamiento forzado.

En este sentido, la sentencia ordena a las autoridades correspondientes establecer los procesos
y planes de actuación para que los integrantes de la comunidad reciban asistencia humanitaria
y detengan el desplazamiento de sus comunidades, les proporcionen alojamientos seguros y en
condiciones de dignidad, así como garantizar el acceso a la educación de niñas, niños y
adolescentes, desde un enfoque de inclusión social y perspectiva de derechos culturales, y, por
último, realizar todas las acciones encaminadas al retorno digno y seguro a su territorio.

Por otra parte, aborda el tema de seguridad donde pide que implementen las diligencias para
la pacificación de la zona y la implementación de soluciones duraderas en su retorno,
reasentamiento y reintegración de las personas las personas desplazadas con sus familias. En
este sentido, ordena que la reintegración debe tener todas las condiciones para que las familias
vivan seguras y alcancen una vida digna con el enfoque de pertinencia cultural.

A las autoridades ambientales señala que deben realizar acciones para contrarrestar la tala
ilegal que fue el origen del riesgo, siendo necesarias acciones para la restauración, la clausura
de obras y sancionar el incumplimiento de las leyes en materia ambiental.

Por efectos el amparo las autoridades están obligadas a cumplir con las acciones del plan de
protección, no obstante, las autoridades continúan oponiéndose a la obligación y manifestando
una falta de voluntad de atender a las personas desplazadas impugnando a través de recursos
de revisión.

Exigimos a los tres niveles de gobierno que se coordinen para atender las causas estructurales
que originan el riesgo.

Exigimos el cumplimiento de las medidas de asistencia humanitaria, derechos sociales y
medidas estructurales establecidas en el plan de protección.
Exigimos retornos dignos y seguros.

¡Coloradas de la virgen en lucha y resistencia!