Washington, D.C., 16 de octubre de 2024 – La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió el pasado 13 de octubre la Resolución 72/2024, otorgando medidas cautelares a favor del niño Y.A.V.G. en Colombia, ante una situación de gravedad y urgencia que amenaza sus derechos fundamentales.
El caso está vinculado a la ausencia de contacto entre el niño y su padre, José Eduardo Varas Parra, desde noviembre de 2017, a pesar de que existen decisiones judiciales que ordenan un régimen de convivencia. A pesar de los esfuerzos legales y administrativos por reestablecer la relación, la situación no ha sido resuelta en siete años, lo que motivó la intervención de la CIDH.
La Comisión observó que los informes proporcionados por el Estado colombiano no mencionan intentos significativos de revinculación entre padre e hijo. Además, la CIDH subrayó que no se ha demostrado que la falta de contacto sea en beneficio del interés superior del niño, un principio clave en la protección de los derechos infantiles.
En consecuencia, la CIDH solicitó al Estado colombiano tomar medidas urgentes para proteger los derechos del menor a la identidad, vida familiar e integridad personal. También pidió evaluar el impacto de la falta de relación paterno-filial, bajo los estándares internacionales.
Aunque la medida cautelar no implica un prejuzgamiento sobre el fondo del caso, la decisión busca garantizar que los derechos del niño no sean vulnerados mientras se resuelve la controversia.
La CIDH, órgano autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), tiene como mandato la promoción y protección de los derechos humanos en el continente, y su actuación se basa en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.