El Congreso de Tamaulipas dio un paso que podría marcar un precedente en la legislación penal estatal: las Comisiones Unidas aprobaron para dictaminación la iniciativa impulsada por la diputada Guillermina Magaly Deandar Robinson para tipificar el abandono injustificado de mujer embarazada.
La reforma propone sancionar con 1 a 5 años de prisión a quien, con conocimiento del embarazo y contando con recursos suficientes, decida desvincularse y dejar en vulnerabilidad a la mujer gestante.
Pero detrás del anuncio legislativo hay una pregunta de fondo:
¿Se trata de una medida estructural con perspectiva de género o de una respuesta punitiva a una problemática social mucho más profunda?
El abandono durante el embarazo: violencia económica invisibilizada
El abandono en el embarazo no es solo una ruptura afectiva; en muchos casos constituye violencia económica, una de las formas más persistentes y normalizadas de desigualdad estructural contra las mujeres.
Datos nacionales del INEGI han documentado que más del 40% de las mujeres ha enfrentado algún tipo de violencia por parte de su pareja a lo largo de su vida, y la violencia económica —negación de recursos, incumplimiento de responsabilidades de manutención, control financiero— es una de las más subreportadas.
En contextos de embarazo, esta forma de violencia se agrava:
Incrementa riesgos de salud materna.
Aumenta la probabilidad de precarización laboral.
Profundiza la dependencia económica.
Impacta directamente en el desarrollo del recién nacido.
Tipificar el abandono en esta etapa reconoce que la gestación no es solo una condición biológica, sino un momento de vulnerabilidad estructural en un sistema que aún asigna la carga reproductiva casi exclusivamente a las mujeres.
¿Qué propone la reforma en Tamaulipas?
La iniciativa adiciona el artículo 365 Bis al Código Penal estatal y contempla agravantes cuando:
Se produzcan lesiones.
Se ponga en riesgo la salud de la mujer o del producto.
Se derive la muerte de la mujer o del producto concebido.
Durante la discusión en comisiones, el diputado Marcelo Abundis Ramírez argumentó que existe una laguna jurídica que impide sancionar penalmente estas conductas.
El dictamen fue aprobado por unanimidad para su siguiente etapa legislativa.
Comparativo nacional: ¿Tamaulipas va a la vanguardia?
En el contexto mexicano, la regulación del abandono relacionado con el embarazo es heterogénea.
Algunas entidades como:
Estado de México
Nuevo León
Veracruz
contemplan figuras vinculadas al incumplimiento de obligaciones alimentarias, pero no siempre tipifican de manera específica el abandono durante la gestación.
En muchos estados, la respuesta jurídica se limita a procesos civiles por pensión alimenticia, lo que implica:
Juicios largos.
Carga probatoria sobre la mujer.
Falta de medidas cautelares inmediatas.
Si Tamaulipas concreta esta reforma, podría posicionarse entre los pocos estados que reconocen explícitamente la vulnerabilidad diferenciada del embarazo en el ámbito penal.
Sin embargo, el avance normativo no garantiza aplicación efectiva.
El riesgo del punitivismo sin política pública
Desde una perspectiva feminista, la discusión no puede quedarse en la cárcel como solución automática.
Castigar el abandono es importante, pero:
¿Habrá mecanismos de denuncia accesibles?
¿Se garantizará asesoría jurídica gratuita?
¿Se coordinará con políticas de salud y asistencia social?
¿Se evitará la revictimización en procesos judiciales?
Sin presupuesto, sin capacitación con perspectiva de género y sin redes de apoyo institucional, la norma puede convertirse en un instrumento simbólico más.
El feminismo jurídico ha señalado que el derecho penal no transforma por sí solo las estructuras de desigualdad. Si no se acompaña de políticas de corresponsabilidad parental, educación afectiva y fortalecimiento de sistemas de cuidados, el problema persistirá.
Autonomía reproductiva y corresponsabilidad
El embarazo implica derechos:
Derecho a la salud.
Derecho a la integridad.
Derecho a condiciones dignas de gestación.
Derecho del menor a nacer en condiciones mínimas de protección.
Pero también implica responsabilidades compartidas.
Tipificar el abandono durante la gestación introduce un mensaje político claro: la paternidad no es opcional cuando hay conocimiento y capacidad económica.
Sin embargo, el desafío será probar:
El conocimiento del embarazo.
La solvencia económica.
La intención de desvinculación.
Ahí se jugará la eficacia real de la reforma.
Conclusión editorial
La iniciativa en Tamaulipas abre una discusión necesaria sobre violencia económica y corresponsabilidad. Es un paso relevante, pero insuficiente si no se integra a una política pública integral de protección a mujeres gestantes.
La justicia con perspectiva de género no se mide solo en años de prisión, sino en la capacidad del Estado de garantizar autonomía, acceso a recursos y redes de apoyo reales.
La pregunta no es solo si se castigará el abandono.
La pregunta es si se evitará que ocurra.
Tipificar el abandono de mujeres embarazadas en Tamaulipas: ¿justicia con perspectiva de género o respuesta tardía?
