La organización señala que el proyecto de la ministra María Estela Ríos González ignora el contexto de violencia de género y pone en riesgo a la reportera Myrna Gómez y sus hijas
Por: Lidia Rita Bonilla Delgado
Ciudad de México, 24 de febrero de 2026
La organización Comunicación e Información de la Mujer A.C. (CIMAC) alertó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) está en riesgo de emitir una resolución que dejaría sin protección a una periodista en situación de desplazamiento forzado interno, en un caso que podría sentar un precedente negativo para la libertad de expresión en México.
En un pronunciamiento urgente difundido este lunes, CIMAC advirtió que el proyecto de resolución presentado por la ministra María Estela Ríos González —quien funge como ponente en el amparo en revisión 394/2025— propone negar la protección a la reportera Myrna Susana Gómez Vázquez y sus hijas menores de edad, argumentando que el plazo de 30 días establecido en la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas constituye una «configuración legal razonable».
La organización especializada en derechos de las mujeres y libertad de expresión cuestionó que el proyecto omita analizar «de manera integral y con perspectiva de género y de derechos humanos las violaciones estructurales presentes en el caso», particularmente aquellas que afectan de forma diferenciada a mujeres periodistas y a sus hijas e hijos.
Seis omisiones graves
El documento detalla seis fallas estructurales en el proyecto ministerial:
Violación indirecta a la libertad de expresión: Al negar el amparo sin examinar el contexto de violencia que vincula el ejercicio periodístico de Gómez con las agresiones sufridas, se afectaría «indirectamente al derecho a la libertad de expresión y al derecho a informar, pilares fundamentales de toda sociedad democrática».
Invisibilización de la perspectiva de género: El proyecto no reconoce que se trata de una «mujer periodista, madre y cuidadora» cuya situación de desplazamiento forzado interno exige «medidas diferenciadas, integrales y sostenidas».
Riesgo para menores de edad: Las hijas de la periodista son «víctimas directas de la violencia y del desplazamiento», por lo que cualquier resolución debe observar el interés superior de la niñez y garantizar estabilidad, educación, salud y vivienda.
Incumplimiento de tratados internacionales: La resolución ignoraría obligaciones del Estado mexicano bajo la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).
Desconocimiento del desplazamiento forzado interno: El proyecto no examina estándares internacionales sobre protección a personas desplazadas ni las condiciones reales de la familia.
Ausencia de garantías de atención integral: No contempla planes efectivos de retorno seguro, reasentamiento voluntario ni seguimiento diferenciado por parte del Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.
Llamado a la SCJN
CIMAC exhortó «respetuosamente» a la Suprema Corte a resolver el asunto con perspectiva de género, enfoque de derechos humanos e interpretación conforme al principio pro persona, priorizando «la protección reforzada que requieren las mujeres periodistas y sus familias».
La organización subrayó que la resolución sentará un precedente fundamental para la protección de la libertad de expresión y el derecho a defender derechos humanos, así como para garantizar «una vida libre de violencia para las mujeres periodistas en México».
El caso se discute en sesión pública ordinaria del pleno de la SCJN este mismo 24 de febrero de 2026.
Contexto: Myrna Susana Gómez Vázquez es periodista en situación de desplazamiento forzado interno que interpuso amparo indirecto contra el artículo 57, fracción II, de la Ley de Protección a Periodistas, cuestionando el plazo de 30 días para ciertos trámites de protección. El amparo en revisión 394/2025 representa una prueba clave sobre si la SCJN interpretará los estándares de protección con enfoque de género o mantendrá una lectura formalista de los plazos legales.
Fuente: Pronunciamiento de CIMAC, 24 de febrero de 2026
Contacto: libertadexpresion@cimac.org.mx

