Reforma propone que cualquier Ministerio Público pueda actuar de inmediato sin importar la jurisdicción
Rufino Aguilera
Altamira
En un país donde miles de niñas, niños y adolescentes enfrentan violencia física, sexual y emocional mientras las instituciones suelen responder con lentitud, una iniciativa presentada en la Cámara de Diputados busca modificar uno de los principales obstáculos del sistema de justicia mexicano: la rigidez territorial que actualmente limita la actuación inmediata de las autoridades ministeriales.
La diputada federal de Morena, Blanca Araceli Narro Panameño, presentó una propuesta de reforma al Código Nacional de Procedimientos Penales para facultar a cualquier Ministerio Público del país a intervenir de manera inmediata en casos donde menores de edad sean víctimas de delitos, aun cuando los hechos hayan ocurrido fuera de su jurisdicción.
La iniciativa contempla adicionar el artículo 211 Bis al ordenamiento penal nacional con el objetivo de garantizar atención urgente, preservación de pruebas, protección inmediata y acceso a valoraciones médicas y psicológicas para niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia.
Actualmente, el sistema de competencia territorial obliga a que las investigaciones sean atendidas formalmente por la fiscalía correspondiente al lugar donde ocurrió el delito. Aunque el mecanismo busca ordenar jurídicamente las investigaciones, en la práctica ha derivado en retrasos, canalizaciones burocráticas y omisiones institucionales que terminan afectando principalmente a las víctimas más vulnerables.
La reforma intenta modificar esa lógica administrativa bajo un principio prioritario: primero proteger al menor y después resolver la competencia territorial.
Un problema estructural en la procuración de justicia
La propuesta surge en medio de una realidad nacional marcada por altos índices de violencia infantil y una persistente incapacidad institucional para responder con rapidez y sensibilidad a este tipo de delitos.
De acuerdo con los datos incluidos en la exposición de motivos, el 31.6 por ciento de las adolescentes mexicanas de entre 15 y 19 años reportó haber sufrido algún tipo de violencia durante su infancia. El 20.4 por ciento señaló violencia física; el 11.6 por ciento, violencia emocional; y el 10.2 por ciento, violencia sexual.
A ello se suma que durante 2022 se registraron más de 6 mil muertes violentas de personas menores de 18 años en México, mientras que la violencia intrafamiliar continúa creciendo como uno de los principales focos de riesgo para niñas y adolescentes.
El contexto revela que el problema no radica únicamente en la incidencia delictiva, sino también en las limitaciones operativas del propio sistema de justicia.
En numerosos casos documentados por organizaciones civiles y colectivos de víctimas, autoridades ministeriales han retrasado actuaciones urgentes bajo el argumento de no contar con competencia territorial, provocando pérdida de evidencia, revictimización y dilación en la aplicación de medidas de protección.
Especialistas en derechos de infancia han advertido durante años que los primeros momentos posteriores a una agresión son fundamentales para garantizar atención médica, contención psicológica y recolección de pruebas periciales, especialmente en delitos sexuales.
Respaldo judicial y vacío legal
Uno de los elementos jurídicos más relevantes de la propuesta es que se encuentra respaldada por un criterio reciente emitido por la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación al resolver el Amparo en Revisión 667/2023 relacionado con un caso de presunto abuso sexual infantil.
En dicha resolución, la Corte determinó que las autoridades ministeriales tienen la obligación constitucional de recibir denuncias y realizar diligencias urgentes para proteger a las víctimas, independientemente del lugar donde ocurrió el delito.
La iniciativa busca convertir ese criterio judicial en una obligación expresa dentro del Código Nacional de Procedimientos Penales.
Además de recibir denuncias, la propuesta permitiría a cualquier Ministerio Público ordenar valoraciones médicas y psicológicas, recabar pruebas periciales, entrevistar víctimas y aplicar medidas urgentes de protección sin que dichas actuaciones puedan invalidarse posteriormente por razones territoriales.
La legisladora argumentó que la ausencia de una disposición específica genera incertidumbre jurídica tanto para las víctimas como para las propias autoridades encargadas de procurar justicia.
Entre la reforma legal y la realidad institucional
Aunque la iniciativa plantea un enfoque garantista y alineado con estándares de derechos humanos, especialistas advierten que la efectividad de la reforma dependerá de la capacidad real de las fiscalías para ejecutar dichas obligaciones.
Actualmente, muchas agencias del Ministerio Público enfrentan rezagos estructurales, falta de personal especializado, saturación de expedientes y carencias en servicios periciales y psicológicos.
En entidades con altos niveles de violencia, la atención integral a menores continúa siendo limitada y, en ocasiones, carente de protocolos adecuados para evitar la revictimización.
A ello se suma que las diferencias operativas entre fiscalías estatales y la falta de coordinación interinstitucional podrían complicar la aplicación homogénea de la reforma en todo el país.
El reto de fondo no solo es modificar la ley, sino transformar la capacidad de respuesta de las instituciones encargadas de proteger a la infancia.
Organismos internacionales como la Comisión Interamericana de Derechos Humanos han insistido en que los Estados deben eliminar obstáculos procesales que impidan garantizar protección inmediata a menores víctimas de violencia, particularmente en delitos sexuales y violencia intrafamiliar.
Debate sobre prioridades del Estado
La propuesta también abre una discusión más amplia sobre el funcionamiento del sistema penal mexicano y las prioridades del aparato de justicia.
Durante años, colectivos de víctimas han denunciado que los procedimientos administrativos suelen colocarse por encima de la protección inmediata de las personas afectadas, especialmente cuando se trata de menores de edad.
La iniciativa de Narro Panameño intenta corregir parte de esa contradicción institucional al establecer que la protección de niñas, niños y adolescentes debe prevalecer sobre formalismos territoriales.
De ser aprobada por el Congreso de la Unión, la reforma incorporaría por primera vez una disposición explícita que obligue a todas las autoridades ministeriales del país a actuar sin demora cuando la integridad de un menor se encuentre en riesgo.
Sin embargo, el verdadero desafío seguirá siendo convertir el mandato legal en una respuesta efectiva dentro de un sistema de justicia que aún enfrenta profundas deficiencias estructurales.


