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✍️ Por Lidia Rita Bonilla Delgado |
📍Ciudad de México11 de julio de 2025.— Organizaciones de la sociedad civil acusaron a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) de retener de forma ilegal un expediente que cuestiona la legitimidad de la elección de sus propios magistrados, lo que calificaron como una violación directa a la Constitución y una forma de obstrucción al acceso a la justicia.
El expediente, relacionado con la impugnación de los acuerdos INE/CG567/2025 e INE/CG568/2025, que validaron la elección extraordinaria de nuevas magistraturas del TEPJF, fue presentado el pasado 19 de junio ante el Instituto Nacional Electoral (INE) por un colectivo de organizaciones ciudadanas.
Pese a que la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral (LGSMIME), en sus artículos 50 y 53, establece que este tipo de controversias debe resolverse exclusivamente por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el INE turnó el caso al propio tribunal electoral, que lo asignó al magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera. Desde entonces, el expediente permanece retenido sin justificación legal.
🎙️ Las voces ciudadanas
Los colectivos Poder Ciudadano, Proyecto Justicia Común, Laboratorio Electoral, Consejo Nacional de Litigio Estratégico, Electoralista y Práctica: Laboratorio para la Democracia, emitieron un pronunciamiento conjunto en el que advierten:
> “Esta retención injustificada constituye una interferencia institucional indebida y un intento evidente de obstaculizar la revisión constitucional de una elección que involucra a los propios integrantes del tribunal”.
Denunciaron también un “patrón de regresión institucional” en la actuación del TEPJF, caracterizado por:
Cierre progresivo del acceso a la justicia electoral
Debilitamiento de las garantías jurisdiccionales
Desprotección de los derechos colectivos ciudadanos
⚖️ Lo que está en juego
A más de nueve días del inicio de este proceso, las organizaciones exigen que el TEPJF remita de inmediato el expediente a la SCJN, única instancia constitucionalmente competente para resolver la impugnación.
“El respeto al orden constitucional no es opcional. La retención deliberada del expediente es una obstrucción inaceptable que atenta contra la integridad del sistema electoral y el Estado de Derecho”, afirmaron.
🚨 Implicaciones
Este caso genera serias dudas sobre la imparcialidad del TEPJF, al tratarse de un conflicto donde los mismos magistrados podrían estar decidiendo sobre su propia elección, lo que vulnera los principios básicos de legalidad y justicia.